Van contra escuelas “Patito” en Tamaulipas
Por: José Medina
Ciudad Victoria.— La Diputada Yuriria Iturbe Vázquez impulsa una iniciativa que tiene como objeto adicionar una fracción XXI al artículo 418 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, a fin de sancionar como fraude a las instituciones educativas o personas que expidan, entreguen u ofrezcan títulos profesionales, diplomas o grados académicos, sin contar con la validación oficial correspondiente por parte de la autoridad competente, engañando con ello a las y los estudiantes para obtener un lucro o beneficio económico indebido.
Así pues, consideró necesario fortalecer el marco jurídico penal de Tamaulipas, para proteger el patrimonio, la certeza jurídica y el derecho a una educación válida y auténtica de las y los estudiantes, combatiendo prácticas abusivas que lesionan la confianza pública en las instituciones educativas y afectan directamente el desarrollo profesional de la ciudadanía.
Así pues, cuando una institución educativa entrega documentación académica careciendo de dicha autenticación, y además la hace pasar como plenamente válida u oficial, se actualiza una conducta que encuadra materialmente en el concepto de fraude, ya que existe, engaño hacia la víctima, la obtención de un beneficio económico indebido, el aprovechamiento de la confianza depositada por estudiantes y familias y una afectación patrimonial, profesional y moral para quienes confiaron en la legalidad del servicio educativo contratado.
Cabe señalar que el Código Penal ya reconoce la gravedad de las conductas relacionadas con la prestación irregular de servicios educativos, lo anterior se observa en el artículo 189 Ter, relativo al delito de impartición ilícita de educación, el cual sanciona a quien preste servicios educativos que conforme a la ley requieran autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y no los haya obtenido.
Dicho tipo penal constituye un avance importante en la protección del derecho a la educación y en el combate a instituciones conocidas socialmente como “escuelas patito”; sin embargo, el supuesto actualmente previsto en la legislación penal estatal resulta limitado, ya que únicamente sanciona a quienes operan sin autorización o sin reconocimiento de validez oficial de estudios.
Cabe señalar que el núcleo de la conducta no recae únicamente en la prestación irregular del servicio educativo, sino en el engaño deliberado hacia las personas estudiantes mediante la simulación de validez oficial de documentos académicos, obteniendo un lucro indebido derivado del pago de colegiaturas, derechos de titulación, trámites administrativos o servicios educativos.

